Nueva caducidad de documentación CAE por Covid-19

La prevención, hoy más que nunca, es cosa de todos.

La caducidad y validez de algunos de los documentos solicitados en Coordinación de Actividades Empresariales para el acceso de subcontratas a centros de trabajo de empresas principales se han visto modificados por el estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo para frenar el avance de la pandemia del coronavirus.

En lo que respecta a la caducidad de la documentación relacionada con vehículos, según la Orden INT/262/2020, del 20 de marzo:

  • Los permisos y licencias de conducción que venzan durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización. (art. 9)
  • Se interrumpe el plazo de seis meses para conducir en España con un permiso extranjero válido y en vigor. Éste se reanudará tan pronto pierda vigencia el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas. (art 10)
  • Las autorizaciones administrativas temporales en materia de vehículos prorrogan su validez durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas hasta sesenta días después de su finalización. (art 11)

En cuanto a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), según la Disposición adicional tercera sobre la suspensión de plazos administrativos del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, queda suspendida la obligación de pasar la ITV de manera excepcional mientras dure la crisis sanitaria. (Actualización)

Por otra parte y según el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado martes 17 de marzo, el Gobierno cancela la renovación de DNI y pasaportes con cita previa. Los DNI que caduquen a partir del 14 de marzo de 2020 se prorrogan por un año, hasta el 13/03/2021. Las citaciones con fecha posterior a la fecha en la que se decretó el estado de alarma quedan anuladas.

En el caso de DNI caducado con anterioridad al estado de alarma, seguirá estando vigente durante este periodo, pero tendrán que renovarlo una vez concluido este estado de excepción. (Actualización)

Los servicios de prevención continúan su actividad, pero en lo que respecta a los reconocimientos médicos, solo se podrá citar a aquellos trabajadores de empresas consideradas de sectores esenciales.

Sólo estarán exentos del pago de la cuota de trabajadores por cuenta propia aquellos autónomos que se vean afectados por el cierre de negocios debido al estado de alarma, y aquellos cuya facturación descienda un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior por el mismo motivo. Se le computará como si hubiera cotizado.

Respecto a la cotización de marzo, éstos autónomos deberán pagar la cotización correspondiente a los días previos a la declaración del estado de alarma, 14 de marzo.

En cualquier caso, las empresas principales que trabajan con la plataforma UCAE y que habitualmente solicitan esta documentación a través de nuestros servicios, darán el periodo de vigencia que consideren oportuno según sus propios departamentos de prevención. Pero estos plazos no podrán ser inferiores a los marcados por las autoridades durante el periodo de alarma.

Además, UCAE procurando dar respuesta a las preocupaciones de nuestros clientes en estos momentos de incertidumbre, ofrece a las empresas principales los requisitos que consideren necesarios para asegurar el desarrollo de su actividad siguiendo las recomendaciones y medidas preventivas indicadas por las autoridades sanitarias.

Desde UCAE, como plataforma de gestión documental de Coordinación de Actividades Empresariales, continuamos con nuestra función preventiva como servicio esencial y estamos a plena disposición de subcontratas y empresas principales tras aplicar el protocolo de teletrabajo. Nuestros servicios siguen funcionando con la misma atención telefónica y validación de documentación en el horario habitual.

La prevención, hoy más que nunca, es cosa de todos.

 

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